El Congreso de la República promulgó la Ley 32446, que incorpora el delito de criminalidad sistemática al Código Penal peruano mediante el artículo 31
El Congreso de la República promulgó la Ley 32446, que incorpora el delito de criminalidad sistemática al Código Penal peruano mediante el artículo 318-B. Esta norma fue firmada por el presidente del Congreso, José Jerí, y la presidenta de la República, Dina Boluarte.
La ley considera que quien utilice municiones, armas de fuego (ya sean de uso militar o civil), artefactos explosivos u otros elementos similares para cometer delitos graves como secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado o robo agravado será sancionado por criminalidad sistemática.
También se incluye como agravante que estos delitos generen zozobra o terror en la población o en sectores de ella.
La nueva legislación establece que quienes resulten condenados por este delito podrían recibir la pena de cadena perpetua, dada la gravedad de los hechos tipificados.
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